Artículo Disposición transitoria trigésima cuartaDisposición transitoria trigésima cuarta
Disposición transitoria trigésima cuarta. Obligación de declarar en el período impositivo 2018.
Cuando el impuesto correspondiente al período impositivo 2018 se hubiera devengado a partir de la entrada en vigor de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, el límite de 14.000 euros establecido en el primer párrafo del apartado 3 del artículo 96 de esta Ley será de 12.643 euros.
Norma publicada: 28 de noviembre de 2006